Un juez obliga a Vueling a indemnizar a dos pasajeros de un vuelo cancelado por mal tiempo

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10 de abril 2024/Agencias
Un juez de Gavà (Barcelona) ha obligado a la compañía aérea Vueling a indemnizar a dos pasajeros por la cancelación de un vuelo entre Barcelona e Islandia en septiembre de 2022, aunque la firma había alegado causa de fuerza mayor por meteorología adversa en el destino.

El titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Gavà ha obligado a la empresa a indemnizar a los dos pasajeros con 1.031,98 euros más el interés legal desde la interposición de la demanda y hasta la fecha de la sentencia, así como al pago de las costas procesales.

En un comunicado este martes, la organización ‘Reclamador.es’, que representa a los dos demandantes, ha explicado que el vuelo estaba previsto que saliera desde Barcelona hasta Keflavik (Islandia) el 7 de septiembre de 2022, pero tuvo que cancelarse por mala meteorología en el destino.

Como consecuencia, los pasajeros fueron ubicados en un vuelo alternativo, y llegaron al destino con más de 12 horas de retraso.

Por su parte, aunque el juez reconoce en la sentencia que puede invocarse la mala meteorología como «circunstancia extraordinaria», en este caso subraya que Islandia está en una zona geográfica donde «se verifican cambios bruscos en la previsión de tiempo».

«El simple hecho de que a priori sea conocida la climatología adversa en Islandia ya permite concluir que dicha climatología no puede calificarse de excepcional, sino de ordinaria», destaca la sentencia.

El titular del juzgado considera que, «sin perjuicio de que el comandante de la aeronave tome la correcta decisión de suspender un vuelo si no aprecia condiciones de seguridad, ello no exime de la obligación de la aerolínea de indemnizar a los pasajeros».

«La aerolínea asume el riesgo de eventuales cancelaciones cuando decide llevar a cabo una ruta en zona de climatología normalmente adversa», concluye la sentencia, contra la que no cabe recurso alguno.

Por su parte, el abogado de ‘Reclamador.’es que ha llevado el caso, Jorge Ramos, ha explicado que la sentencia «es muy valiosa y significativa para el derecho de los consumidores, ya que hay determinadas zonas geográficas donde la inestabilidad climatológica es muy común».

«Las aerolíneas deben asumir ese riesgo a la hora de hacer esas rutas, indemnizando en todo caso a los pasajeros para el caso de que no pueda hacerse por seguridad», ha añadido.