COMUNICADO DE ALCALDÍA Postura del Grupo de Gobierno ante el conflicto con la Policía Local

Fachada del Ayuntamiento (3)

SAN JUAN DE LA RAMBLA. 19-9-24 / Atendiendo a las declaraciones vertidas por la Policía Local recientemente en diferentes medios de comunicación declarándose “en conflicto laboral con esta Administración” por, según su criterio, habernos opuesto a incrementar el importe a percibir en concepto de complementos específicos en sus nóminas, y tras recibir de manera reiterada desde el comienzo del mandato presiones y amenazas por este colectivo en relación a poner en riesgo la celebración de diferentes actos de importante calado social o dejar sin vigilancia a la localidad, este Grupo de Gobierno se ve en la necesidad de realizar las siguientes aclaraciones:

 

Este Grupo de Gobierno jamás se ha negado a poner en valor ni pone en duda las funciones realizadas y la profesionalidad y buen hacer del cuerpo de la Policía Local y es rotundamente falso que las condiciones laborales del colectivo se encuentren mermadas. Todo lo contrario, este colectivo se encuentra en una situación privilegiada si lo comparamos con el resto de la plantilla del Ayuntamiento e incluso con otros agentes de igual categoría de otros municipios. Esto queda más que demostrado si ponemos el foco de atención en sus remuneraciones, principal queja de su comunicado.

 

Sin entrar en detalles específicos de carácter personal, hay meses que los agentes perciben en su salario más de 5000 euros, muy por encima de lo que cobra, en comparación, un Técnico Superior Municipal o el propio presidente del Gobierno de Canarias.

 

COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS

A pesar de ello, volviendo a la solicitud de incremento del Complemento Específico, no se debe obviar que existe una Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife de fecha 16.02.2022, en un procedimiento tramitado a instancia de un representante de la Policía Local, en la que se desestiman íntegramente sus pretensiones de modificar al alza el Complemento Específico al no existir una Relación de Puestos de Trabajo (RPT), que valore los diferentes puestos, y que dicha RPT tiene que ser íntegra para todos los funcionarios del Ayuntamiento y no solo para los del cuerpo de la Policía local. Pretensión que éstos mantienen, a pesar de saber que ello es discriminatorio para con el resto del personal.

 

Dicha sentencia fue recurrida en apelación por el citado representante ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, quien también en fecha 19.05.2023 da la razón al Ayuntamiento.

 

Es decir, la Policía aun sabiendo del contenido de ambas sentencias pretende que este Grupo de Gobierno no de cumplimiento a lo dictaminado en ambas y se les suba el Complemento Específico, sin una previa valoración, e infrinja la legalidad puesta de manifiesto en los informes emitidos por la Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, ratificados por la citada Sentencia.

Es rotundamente falso que el expediente administrativo municipal sobre estas peticiones de la Policía Local cuente con varios informes jurídicos y técnicos que avalan la subida salarial. Debemos aclarar que los presuntos informes favorables a los que hace referencia la Policía Local en sus declaraciones a la prensa, en caso de existir pues aún no han tenido entrada en este Ayuntamiento, no forman parte del expediente porque no han sido redactados por técnicos municipales, sino por personal ajeno al Ayuntamiento. En cambio, los informes jurídicos emitidos por la secretaria-accidental, el primero con fecha 20.03.2024, y el segundo el 11.06.2024, concluyen que no puede procederse sin una previa valoración suficientemente fundamentada al incremento del complemento específico de la Policía Local y menos aún que quiera dársele un tratamiento transitorio y absorbible de un modo contrario al previsto legalmente. Se añade además, que no se entiende que se hayan presentado tres opciones diferentes de subida salarial y sin justificación alguna se opte por la mayor.

 

Por su parte, la Interventora municipal redacta una diligencia en la que hace constar que se adhiere totalmente a lo manifestado en los informes emitidos por la Secretaría y además hace constar que dicho incremento contravendría lo dispuesto en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2023 y 2024.

Cabe señalar, además, que está en conocimiento de la Policía que desde hace meses la Administración viene trabajando en la realización y posterior aprobación de la necesaria RPT, incluyendo, tal como exige la norma, a todo el personal municipal, tanto funcionario como laboral.

 

HORAS EXTRAORDINARIAS

Hay que tener en cuenta, y es necesario aclarar, que gran parte de las remuneraciones y punto de conflicto habitual con el departamento de Intervención es el pago de las horas extraordinarias realizadas por la Policía Local. Su cuadrante, que ellos mismos organizan, revela que no realizan semanalmente una jornada ordinaria, tal y como afirman continuamente para justificar las extras. Para que podamos entender la casuística, la policía ha venido manteniendo que ellos son personal municipal igual que el resto de compañeros, de ahí que su jornada deba ser igual al resto y por eso no trabajan sábados ni domingos ni días festivos. Ahora bien, solo usan de la jornada de sus compañeros el descanso, pues así como el resto de funcionarios trabajan de lunes a viernes 7 horas y media, ellos de lunes a viernes no hacen ese turno normal, sino que manteniendo que son policías (ahora no son trabajadores municipales) trabajan en días alternos, lo que hace que muchas semanas solo trabajen dos días. Exigiendo que el resto de horas que necesariamente tienen que hacer se les pague como horas extraordinarias, cuando en realidad no cumplen con el horario mínimo que se exige a todo el personal. Debe tenerse en cuenta además que los días que trabajan en fin de semana se les paga aún más, pues la hora extra en esos días se paga más cara.

 

Si extrapolamos el concepto de hora/servicio extraordinario a la situación descrita, en modo alguno podemos afirmar que la policía local realiza horas de trabajo fuera de su jornada, pues no se da el hecho, por tanto, de extender su trabajo más allá de la jornada laboral, ya que ésta no llega a realizarse. De ahí que cada una de ellas lleve un informe de reparo de Intervención.

 

El Tribunal Supremo, se ha pronunciado en reiteradas ocasiones contrario a la aplicación de los que él denomina “Técnica del Espigueo”, que supone el aplicar normas, acuerdos y demás situaciones de distintos convenios o regulaciones. Técnica que es precisamente la que lleva a cabo esta entidad local, a la hora de retribuir la jornada laboral de la Policía Local, pues como hemos indicado, supuestamente debe ser la misma que para el resto de personal, pero a lo hora de realizarla y contabilizarla se emplea otra de días alternos. Trabajan uno y descansan dos y no hacen sábados ni domingos. Totalmente distinta a la que hacen el resto de trabajadores de lunes a viernes todos los días.

 

La situación actual, genera además otro desequilibrio o discriminación para con el resto del personal municipal, cuando de días festivos se trata, pues también en esta ocasión se consideran trabajadores municipales y entienden que no tienen que trabajar, cuando la realidad es que en muchas ocasiones por los turnos que hacen sí tendrían que hacerlo. Sin embargo, cada vez que trabajan en días festivos, cobran horas extras y más caras también, independientemente de si les tocaba o no trabajar.

 

En conclusión y atendiendo a los informes de la Intervención Municipal, no sólo se está prestando el servicio de policía de manera contraria a las determinaciones pactadas y aprobadas por esta Entidad Local, sino que además con ellas no se da cumplimiento a la jornada laboral impuesta por la legislación vigente, dato éste que hace totalmente improcedentes el abono de las horas extraordinarias presentadas para su percepción. Criterio que además comparte la propia Consejería del Gobierno de Canarias, y que fue puesto de manifiesto en un informe desde 2012. La Policía Local tiene pleno conocimiento de todo esto.

 

Este Grupo de Gobierno NO va a permitir que se use la seguridad vecinal como método de chantaje y presión, mucho menos cuando debe primar la profesionalidad y obligación de cumplimiento de las funciones para las que se cobra un sueldo público cada mes, sueldo que sale de los impuestos de todos nosotros. No nos estamos negando a negociar, siempre y cuando se haga dentro de la legalidad y bajo el criterio de igualdad para todo el personal municipal, sin distinción. No vamos a permitir que nuestros vecinos sean los principales afectados en este conflicto, como ya pasó en la suspensión de actos en las fiestas de Las Rosas y la pretensión de la Policía Local, por suerte no conseguida, de suspender la Romería de San José. Este no es el camino para conseguir las cosas. Cada cargo público, sea cual sea sus funciones, lleva consigo unos beneficios y por supuesto y sobre todas las cosas, unos deberes. Más si en tus manos está el bienestar y seguridad de cada uno de los rambleros. Apelamos a que nuestra Policía Local entre en razón y entienda que todo debe hacerse en sus plazos y según la norma. No por llevar las cosas al límite se consiguen antes.

Este Grupo de Gobierno está dispuesto a dialogar y llegar a consensos siempre y cuando se cumpla la Ley y los criterios de justicia y mérito prevalezcan sobre caprichos y deseos partidistas.