Tribunal de Cuentas rebaja la multa a varios partidos al ser inconstitucional la cuantía
05 de febrero 2025/Agencias
El Tribunal de Cuentas ha acordado reducir la cuantía de las sanciones a ocho formaciones políticas que excedieron su gasto máximo para las elecciones locales de 2019, después de que en 2024 el Tribunal Constitucional declarase inconstitucional que la multa mínima en la ley de partidos fuese de 5.000 euros.
El Tribunal de Cuentas ha informado este martes de que la rebaja de las sanciones la hace de oficio y de que afecta a AIPC/SYS (Manacor), Barcelona pel Canvi-Ciutadans, Centrats en Nules, Independientes por Arroyo de la Encomienda, IU-Equo-Izquierda Andalucista, Nou Horitzó, Son de Teo y Unidas Se Puede.
Según el texto entonces vigente en la ley de financiación de los partidos, las sanciones por exceder el gasto electoral tenían que tener los umbrales mínimos de 50.000, 25.000 y 5.000 euros para infracciones muy graves, graves y leves, respectivamente.
El pleno del Tribunal Constitucional estimó el pasado 24 de abril por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo en relación al límite mínimo de 5.000 euros como sanción para las candidaturas que superen entre el 1 y el 3 por ciento su límite de gasto, al resolver un recurso del Partido Independiente Torre Pacheco, de Murcia, e hizo extensiva la inconstitucionalidad a los límites de 25.000 y 50.000 euros.