La Audiencia Nacional absuelve al exjefe de ETA Susper, de tenencia de armas y explosivos
28 de febrero 2025/Agencias
La Audiencia Nacional ha absuelto al exjefe de ETA Ibon Fernández Iradi, Susper, de haber guardado explosivos y armas para la comisión de atentados del comando Buruntza, hechos por los que la Fiscalía había solicitado una condena de 30 años de cárcel.
En su sentencia, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Penal argumentan que, tras analizar este procedimiento, concluyen que la acusación formulada en la presente causa ya aparece recogida en una sentencia de la Audiencia Nacional de 2012, que fue casada por el Tribunal Supremo, pero solo en lo relativo al delito de daños.
El tribunal recuerda que la sentencia de la Audiencia Nacional a que hace referencia, el atentado del 24 de agosto de 2000 mediante la colocación de dos artefactos en las cabezas de tractoras de la empresa Olloquiegui SA y otros dos artefactos en dos camiones de la empresa DECOEXA SL, le condenó por el delito de daños, a la vez que se extendía la condena al del artículo 573 del Código Penal que la Fiscalía atribuye ahora al acusado.
El Ministerio Público acusaba a Susper por su relación con un piso de Zizúrkil (Guipúzcoa) en donde se halló numeroso material explosivo y armas de fuego para las actividades del comando Buruntza y con otra vivienda y un garaje en Lasarte en el que se encontraron un coche con las placas de matrícula falsas y cuatro tubos lanzagranadas, entre otros efectos.
En relación a los efectos localizados en el garaje de Lasarte, que la Fiscalía incluía en su escrito de acusación, la Sala entiende que no se puede considerar acreditado, tras la prueba practicada en el juicio, que el miembro de ETA tuviera dicho material a su disposición.
La Sala, compuesta por los magistrados Teresa Palacios, Francisco Segura y Fermín Echarri, ha examinado todos los elementos de las sentencias anteriores para llegar a la conclusión de que existe “identidad fáctica entre los hechos por los que fue enjuiciado y condenado Ibon Fernández Iradi y los atinentes al presente procedimiento sobre la base del escrito de acusación formulado”.
“Partiendo de ello, de la lectura de varios de los pasajes de la sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de junio de 2012, se comprueba la identidad fáctica entre los de dicha resolución y los recogidos en el relato fáctico acusatorio en el presente procedimiento, estando en sendos casos subsumidos unos y otros en idéntico precepto penal, a su vez contemplado» en la sentencia de casación del Supremo, indica.
En su escrito de acusación, la Fiscalía le consideraba responsable junto a los miembros del comando Buruntza, que él integraba antes de huir a Francia, del almacenamiento de esas armas y explosivos con los que cometieron una veintena de atentados, entre julio de 2000 y agosto de 2001, en los que siete personas fueron asesinadas.
Por estos hechos fue condenada en 2014 a 22 años de cárcel la miembro del comando Ainhoa García Montero, Laia, que fue compañera sentimental de Susper y que, al igual que él, formó parte después de la cúpula de la banda terrorista tras huir a Francia.
Susper, que consiguió escaparse de la comisaría de Bayona dos días después de su primera detención en diciembre de 2002, fue capturado un año más tarde también en Francia, donde fue condenado a 30 años de prisión por tirotear a un gendarme francés al que dejó malherido.
La intervención de sus famosos «papeles» en su apartamento en Tardes (Francia), a finales de 2002, propició la detención de varios de sus compañeros en la organización terrorista.
En 2022, Susper, que padece esclerosis múltiple, logró ser trasladado desde la cárcel de Lannemazan (en el suroeste Francia) a la de Martutene (San Sebastián).
Hace unos meses el Gobierno vasco le aplicó el tercer grado penitenciario que disfruta con un dispositivo telemático que le permite no dormir en prisión.