Arona actualiza las recomendaciones de seguridad para la Noche de San Juan

Arona San Juan 1

15 de Junio 2024

No estará permitida la realización de hogueras en playas, en espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio, excepto en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen

Recuerda la necesidad de realizar una comunicación previa al Ayuntamiento si se desea realizar una hoguera en espacios privados

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600)

 

Con motivo de la celebración de la ‘Noche del Fuego y los Deseos, San Juan 2024’, el Ayuntamiento de Arona hace un llamamiento a la solidaridad, responsabilidad y civismo de los vecinos de Arona y de los ciudadanos en general. Las hogueras de San Juan no se tratan de actos oficiales cuya iniciativa asuma la corporación municipal a diferencia de otras fiestas tradicionales como son las fiestas populares o patronales, entre otros actos festivos.

 

En concordancia con la nueva ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Ayuntamiento de Arona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1. 1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pone en conocimiento del público que no estará permitida la realización de hogueras en playas, en los espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio, excepto en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen.

 

Prohibiciones

 

Por esta razón, las actividades como hogueras, realización de braseros, utilización de grupos electrógenos y botellones quedan prohibidas y sujetas al régimen de infracciones y sanciones establecidas en la normativa vigente. 

 

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600) desde las 20:00 horas del 23 de junio de 2024 hasta las 01:00 horas del 24 de junio de 2024.

 

En los espacios privados autorizados, la hoguera deberá ubicarse en lugares despejados evitando la proximidad a árboles, tendidos eléctricos, vehículos, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de 100 metros de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y vehículos. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras; la hoguera no tendrá una altura y diámetro superior a 3 metros, en ningún caso; las hogueras se prenderán desde las 20:00 horas del día 23 de junio de 2024 hasta las 01:00 horas del día 24 de junio de 2024.

 

Comunicación previa

 

Los vecinos y vecinas que pretendan realizar una hoguera tradicional deberán comunicarlo previamente en los registros de entrada oficiales dirigidos a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Arona. Se han habilitado tres opciones: por escrito en las oficinas de atención al ciudadano del municipio de Arona (SAC) mediante cita previa; por la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona en https://www.arona.org/Sede-Electronica; y por el registro de entrada digital “Redsara”: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 

 

La comunicación previa deberá realizarse mediante Modelo Genérico 005 que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del interesado; Plano descriptivo del lugar exacto donde se pretende realizar la hoguera; Declaración responsable para las ‘Hogueras de San Juan 2024’.

 

El plazo para presentar las comunicaciones será hasta las 14.00 horas del día 20 de junio de 2024. Conforme al modelo de comunicación previa, se identificará en todo caso al promotor o promotora, persona mayor de edad, con vecindad en el término municipal de Arona, que asumirá la responsabilidad de la actividad a desarrollar.

Las hogueras ubicadas en terrenos de titularidad privada deberán estar situadas en lugares donde haya facilidad para el acceso de los servicios de seguridad, protección civil y emergencias. En ningún caso podrán situarse ocupando vías públicas o espacios de dominio público, espacios naturales protegidos y especialmente quedando prohibido la ocupación de parques, jardines, barrancos y playas. Del mismo modo, no se podrán ubicar dentro de parques ni polígonos industriales.

 

En el caso de que la persona promotora no sea propietaria del terreno deberá adjuntar en la comunicación previa la correspondiente autorización de la persona titular del mismo. El terreno donde se ubique la hoguera deberá ser urbano, urbanizable o agrícola en explotación. En caso de ubicarse en terreno agrícola, deberá contar con la autorización administrativa previa del Cabildo Insular de Tenerife, sin perjuicio de la comunicación previa a efectuar ante el Ayuntamiento de Arona.