ATME reclama a Defensa que marque criterios para aplicar las nuevas medidas sobre flexibilidad horaria recogidas en el RDL 2/2024 a los militares que tengan a cargo hijos mayores de 12 años
Hasta el día de hoy no existe normativa en las FAS sobre medidas de conciliación para las parejas con hijos mayores de 12 años, pese a la especificidad de las condiciones de trabajo del militar, como puede ser la ausencia simultanea del hogar cuando ambos progenitores son comisionados fuera de la localidad de destino.
Esta medida incluye también los casos cuando se tenga a cargo el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.
Leganés, 5 junio de 2024
ATME ha reclamado por escrito al ministerio de Defensa que aplique al personal militar las medidas de conciliación recogidas en el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, donde se modifica el Estatuto Básico del Empleado Público, que dicta que dentro de jornada de trabajo de los mismo, “las Administraciones Públicas adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos que tengan a su cargo a hijos e hijas menores de doce años, así como de los empleados públicos que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos”.
La propia Ley Orgánica 9/2011 de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, establece que la jornada de trabajo de los militares será, con carácter general, la del personal al servicio de la Administración General del Estado.
ATME ha recordado al ministerio de Defensa que actualmente no existe ninguna medida general ni específica que favorezca la conciliación entre la vida familiar y profesional de los militares con hijos mayores de 12 años, aunque ambos progenitores sean militares.
La Asociación ha señalado en su escrito, a modo de ejemplo, la problemática* que ya puso en conocimiento del ministerio en el año 2023, cuando una pareja de militares con un hijo a cargo, menor de edad y mayor de 12 años, fue nombrada simultáneamente en comisión de servicio fuera del domicilio familiar. La respuesta de la Dirección General de Personal fue que ni la normativa específica para las Fuerzas Armadas ni las medidas de conciliación establecidas para el Empleado Público contemplaban específicamente estas medidas.
Desde ATME se espera que, con la aprobación del RDL2/2024, dejen de darse estas situaciones que no se dan en el resto de las administraciones.