Begoña Gómez no tendrá que asistir a la declaración de Barrabés tras recibir éste el alta

El juez responde a Begoña Gómez

10 de Julio 2024/Agencias
El juez Juan Carlos Peinado ha decidido tomar declaración al empresario Juan Carlos Barrabés en el juzgado y no en el hospital al haber sido dado de alta, lo que supone que su testifical ya no tendrá valor de prueba preconstituida y, por tanto, Begoña Gómez no tendrá que acudir presencialmente a sede judicial.

Fuentes jurídicas informan de que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha recibido del hospital «confirmación de que el paciente ha sido dado de alta» y, por consiguiente, cambia el contexto y el escenario en que se producirá la comparecencia del testigo clave de la causa.

Peinado tenía previsto tomar declaración como testigo a Barrabés el día 15 y, por su delicado estado de salud y ante la ausencia de «un pronóstico de recuperación de su salud a corto plazo», le daba valor de «prueba preconstituida», es decir, con validez para todo el procedimiento judicial, incluso el juicio si llegara a celebrarse.

En base a ello, el juez había citado a Gómez para estar presente en esa declaración en un escrito en el que le recordaba su «obligación de comparecer» y «que de no hacerlo ni alegar causa justa que se lo impida», podría convertirse en una «orden de detención».

El juez iba a tomar declaración al empresario por videoconferencia, pero tras su alta lo hará en persona en los juzgados de Plaza de Castilla y ya sin que sea preceptivo la presencia de Begoña Gómez.

Este cambio se ha conocido pocas horas después de que trascendiera la citación a Begoña Gómez al ser la investigada en el caso.

El artículo 448 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que si «hubiere motivo racionalmente bastante para temer su muerte o incapacidad física o intelectual antes de la apertura del juicio oral» -como ocurre con la enfermedad de Barrabés- el juez mandará practicar inmediatamente la declaración, «asegurando en todo caso la posibilidad de contradicción de las partes».

Pero el artículo 449 bis añade que «la ausencia de la persona investigada debidamente citada no impedirá la práctica de la prueba preconstituida, si bien su defensa letrada, en todo caso, deberá estar presente».

Dicho artículo abre la puerta a que solo asista el abogado de Gómez, aunque en este caso el juez no lo había estimado así y quería que la esposa del presidente del Gobierno acudiera presencialmente al juzgado para la declaración de Barrabés, cuya testifical se había suspendido previamente debido a su estado de salud.

Tras lo acontecido hoy, lo que no ha cambiado es la citación de Gómez para comparecer el próximo día 19 como investigada después de que el juez suspendiera su declaración del pasado día 5 al alegar la investigada que no conocía de qué se le acusaba.