El juez del caso Koldo rechaza cederlo a la Fiscalía Europea y decidirá el Supremo

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25 de Junio 2024/Agencias
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado ceder la investigación del caso Koldo sobre la adjudicación de contratos públicos de mascarillas en plena pandemia a la Fiscalía Europea y lo ha elevado al Tribunal Supremo para que decida quién es competente para seguir las pesquisas.

En un auto el juez plantea una cuestión de competencia entre ambas instituciones, de modo que el Supremo tendrá que establecer cuál de las dos prosigue con la investigación -que afecta, entre otros investigados, a Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos-, incluidas las diligencias sobre los contratos adjudicados en Canarias y Baleares en los que podrían verse comprometidos fondos europeos.

Ismael Moreno explica que los hechos constituyen presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, organización criminal y blanqueo de capitales, a los que se añadió posteriormente el delito contra la hacienda pública.

Y considera que estos delitos no perjudican los intereses financieros de la UE y no se encuentran indisociablemente vinculados con los que son competencia de la Fiscalía Europea.

En el auto, el magistrado acuerda remitir a la Fiscalía Europea testimonio de sus actuaciones quedando las originales en el Juzgado de Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional mientras se pronuncia el Tribunal Supremo sobre la cuestión planteada.

La resolución explica que mientras se decida la cuestión de competencia el juzgado acordará únicamente aquellas diligencias urgentes dirigidas a asegurar la investigación y el ejercicio de la acción penal.

El juez analiza el reglamento que regula las competencias de la Fiscalía Europea y, en línea con la Fiscalía Anticorrupción, considera que en estas diligencias existe una mayor afectación a los intereses nacionales que a los de la UE.

Además, entiende que el juzgado se encuentra en mejores condiciones que la Fiscalía Europea para investigar y ejercer la acción penal en relación con dichos delitos, «sin perjuicio de la competencia que la Fiscalía Europea tiene respecto a las infracciones que afecten de forma directa a los intereses de la UE”.

El juez recuerda que por las competencias de la Audiencia Nacional, que asume los delitos de terrorismo y los cometidos fuera del territorio nacional, el Juzgado desde hace varias décadas viene conociendo de causas no solo nacionales sino también de ámbitos transnacionales de ilícitos penales cometidos por organizaciones delictivas.

E insiste en que los delitos objeto de investigación en el presente procedimiento no constituyen una grave amenaza para los intereses financieros de la Unión o para el prestigio de sus instituciones y la confianza que los ciudadanos depositan en ellas.

Además la resolución hace mención a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con el criterio de la eficacia en la investigación, que tiene en cuenta cuál de los órganos en conflicto tiene avanzada la investigación por haber practicado diligencias.

Al respecto Moreno indica que su juzgado ha adoptado ya múltiples resoluciones para la averiguación y esclarecimiento de los hechos y las personas responsables, como interceptaciones de comunicaciones, entradas y registros, intervención de gran cantidad de dispositivos electrónicos de distinta índole, volcados y análisis de su contenido, así como medidas sobre el aseguramiento de bienes.