El TC declara inconstitucionales las limitaciones del Gobierno balear en la pandemia

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20 de Noviembre 2024/Agencias
El pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, considera inconstitucionales las medidas adoptadas por el Govern de Francina Armengol en Baleares en 2021, relativas a la prohibición de desplazamientos de la ciudadanía y reuniones durante la pandemia de la covid-19.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Vox contra un apartado del decreto ley 5/2021 del Govern balear, de 7 de mayo, por el que se establecía un régimen sancionador específico frente a los incumplimientos de medidas preventivas por la crisis de la covid-19 en la comunidad.

La sentencia, con la magistrada Laura Díez Bueso como ponente apunta que se restringieron derechos fundamentales que solo pueden regularse en las Cortes Generales.

El TC también señala que los apartados del decreto ley balear recurridos por Vox tienen una redacción casi idéntica a apartados de la Ley 8/2008 de Salud de Galicia, que ya fueron declarados inconstitucionales y nulos.

La resolución sostiene que las medidas preventivas adoptadas por el Govern, entonces presidido por Armengol, supusieron una afectación en aspectos esenciales de regulación de restricciones o limitaciones de derechos fundamentales de la ciudadanía.

El tribunal ve nulas las medidas de salud pública sobre la limitación de desplazamientos personales, con la limitación en horario nocturno y las que afectaban al número de personas que se podían reunir, tanto en espacios públicos como privados.

También apunta como inconstitucional que se pudieran suspender actividades, intervenir medios personales o materiales y limitar horarios de apertura de establecimientos.

La declaración de inconstitucionalidad se extiende además a las medidas de salud pública del Govern sobre las pruebas diagnósticas a todas las personas que presentaran síntomas y a pruebas de cribado colectivas con el fin de frenar la posible propagación de la enfermedad.