La fiscal provincial acusa al juez de actuar con «sesgo» y pide la nulidad de la causa

Tribunal-Supremo

20 de marzo 2025/Agencias
La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que anule la causa contra la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, al acusar al magistrado instructor Ángel Hurtado de actuar con «sesgo» y construir «una tesis equivocada» para «atribuir un delito sin apenas prueba».

En un escrito, al que ha tenido acceso EFE, los servicios jurídicos del Estado recurren a la Sala de Apelación el auto del juez que atribuye a ella y al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, la filtración de datos del procedimiento contra Alberto González Amador, novio de Isabel Diaz Ayuso, por fraude fiscal.

La Abogacía, por su parte, sostiene que «no hay prueba alguna directa de revelación del correo de 2 de febrero», en el que el abogado del novio de Ayuso reconocía al fiscal la comisión de «dos delitos contra la Hacienda Pública» por parte de González Amador.

En cuanto al envío de los correos al fiscal general que el fiscal Julián Salto se había cruzado con el abogado Carlos Neira, la Abogacía argumenta que la actuación desarrollada por Rodríguez «fue ajustada a las exigencias de su rol profesional».

Por ello, advierte de que «a pesar de haber accedido a la totalidad de sus dispositivos electrónicos, no se ha obtenido un solo indicio de que Rodríguez difundiera los citados correos».

En realidad, continúa, «no existe ni un solo mensaje en el que exprese su voluntad de contribuir a difundir datos de forma ilícita o en el que manifieste tener conocimiento de que el fiscal general del Estado lo hubiera hecho o tuviere intención de hacerlo».

«Y entendemos que, sobre la nota de la Fiscalía simplemente no podemos estar hablando de delito alguno» añade la Abogacía, que menciona una «tesis construida para atribuir un delito sin apenas prueba, y además, a nuestro juicio, equivocada».

Al respecto, sostiene que «la puesta en conocimiento del fiscal general de un proyecto o borrador de denuncia, o del contenido de un procedimiento de investigación, lejos de constituir, como decíamos, una anomalía o una extravagancia, constituye una obligación estatutaria cuyo efectivo cumplimiento resulta imprescindible para garantizar los principios de unidad de actuación» así como «la obligación estatutaria de informar a la opinión pública».

Denuncia que se haya rechazado citar a González Amador
Los servicios jurídicos del Estado denuncian el «sesgo» con el que «se está desarrollando la instrucción» de manera que, «rompiendo el principio de un proceso equitativo y del respecto al derecho de la defensa a proponer pruebas pertinentes a su defensa, se está dando preferencia a las propuestas por las acusaciones así como a las valoraciones formuladas por estas partes acusadoras».

Lamenta que la mayor parte de sus pruebas han sido rechazadas «sin una justificación razonable», entre ellas, la testifical de González Amador «cuando de las declaraciones evacuadas por otros testigos se acredita que difundió previamente el contenido de los correos electrónicos a personas ajenas a su defensa y que estas procedieron a su previa difusión en la mañana y en la tarde del 13 de marzo».

Es más, afirma que el propio González Amador «se ha colocado de manera deliberada en una situación de conocimiento público y de renuncia expresa a la reserva o no difusión de determinados datos» toda vez que «remitió el correo de fecha 12 de marzo a un alto cargo de la Comunidad de Madrid que posteriormente aquel difundió» a «una pluralidad de periodistas», en alusión a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso.

«Pero también dado que reveló por sí o por terceros que existía una negociación, datos e información que después pretende que sean tutelados», agrega la Abogacía.