La Laguna pone en marcha la convocatoria de ayudas sociales para colaborar con el gasto del IBI para viviendas habituales

María Cruz, concejala de Bienestar Social (2)

25 de marzo 2025

 

Ya se pueden presentar solicitudes a esta prestación, que se enfoca principalmente a personas y familias con escasos recursos económicos

 

La concejalía de Bienestar Social y Calidad de Vida del Ayuntamiento de La Laguna ha publicado recientemente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife la convocatoria de ayudas sociales para colaborar con los gastos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda habitual. El plazo para presentar solicitudes será de un mes y las cuantías máximas subvencionables serán de un máximo de 300 euros.

La concejala lagunera responsable de este Departamento, María Cruz, señaló que “esta prestación se dirigirá, principalmente, a personas y familias con escasos recursos económicos que presenten dificultades para hacer frente a este tipo de gastos anuales, cubriendo el 100 % de la cuota que se haya abonado en el ejercicio anterior”.

La edil remarcó que “esta aportación supone un alivio importante para la salud financiera de muchos hogares con escaso nivel de renta, que además se pueden complementar con diversas líneas de apoyo que mantenemos vigentes para atender distintas situaciones de especial vulnerabilidad en el municipio”.

Las personas interesadas ya pueden presentar sus solicitudes a esta convocatoria a través del Registro General del Ayuntamiento de La Laguna, en los registros descentralizados de las Tenencias de Alcaldía, o en la sede electrónica a través de la página web del Consistorio: www.aytolalaguna.es.

El importe total de las ayudas económicas para el pago del IBI será conforme a lo establecido y con cargo a las aplicaciones presupuestarias contenidas en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de La Laguna para cada ejercicio.

Documentación requerida

La documentación que se deberá presentar para esta prestación será la solicitud debidamente cumplimentada, fotocopia del DNI del titular del recibo del IBI, alta a terceros, documentación para validación de situación socioeconómica para cada caso concreto (pensionistas, trabajadores autónomos, trabajador/a por cuenta ajena, desempleados, estudiantes mayores de 16 años, etc.).

Si la petición no llegase a cumplir con los requisitos establecidos en las bases, se instará a la persona solicitante a que subsane los errores en un plazo máximo de diez días. En todo momento, los Servicios Sociales de La Laguna podrán recabar la documentación que estime oportuna con el fin de instruir el consecuente expediente.

La ayuda se hará efectiva mediante el correspondiente expediente de compensación con la cuantía del IBI pendiente de liquidar en el ejercicio siguiente al de la solicitud, y que tendrá su reflejo en la notificación del acuerdo de la concesión. En el caso de que ya se haya abonado el IBI, y no pueda darse la compensación, se procederá al pago de la cantidad al beneficiario o beneficiaria.