Los jueces siguen dando la razón a los clientes y no a la banca en las estafas telefónicas

Los jueces siguen dando la razón a los clientes y no a la banca en las estafas telefónicas

03 de marzo 2025/Agencias

Juzgados y audiencias provinciales siguen dando la razón a los afectados y no a los bancos en buena parte de las estafas telefónicas en las que se roba el dinero al cliente haciéndole creer que le está llamando su propia entidad, según los datos recopilados por EFE.

En España, el goteo de sentencias que dan la razón a los usuarios frente a las entidades en casos de fraude por medios telemáticos deja a los bancos en una posición delicada, ya que en todos los casos los tribunales ponen el foco en la necesidad de extremar las medidas de seguridad, dejando fuera a los proveedores de internet o telefonía.

En la mayoría de los casos, los bancos reclaman estas decisiones judiciales con el argumento de que sus sistemas de seguridad no han fallado y no se ha producido ningún robo de datos, sino que han sido los propios clientes quienes los han facilitado sin saber que estaban siendo estafados.

En el ámbito judicial se tiene en cuenta también la indefensión de los bancos ante métodos prácticamente indetectables, como en una de las más recientes, de la Audiencia Provincial de Barcelona del pasado enero, que estimó solo en parte la reclamación de una usuaria.

En ese caso, la Audiencia vio claro que «las operaciones no autorizadas se produjeron ante todo por la actuación fraudulenta de un tercero», pero también por un exceso de confianza de la clienta al descargar un programa informático mediante el que «cabalmente podría presumir que estaba permitiendo a un tercero ese acceso».

Pero la tónica general de los órganos judiciales es asumir que el indefenso es el usuario, como en un reciente fallo de la Audiencia Provincial de Cáceres, que dio la razón a una usuaria que había pinchado en el enlace de un SMS que más tarde borró, para a continuación informar a la entidad financiera.

Para esta audiencia provincial, aunque la usuaria sí tuvo un comportamiento que se puede calificar en parte de negligente, es preciso «ser un experto en la materia para poder detectar que la comunicación obedecía a una estafa o fraude».

La banca lleva años tratando de concienciar a sus clientes del riesgo de que se produzcan estafas y frenando ataques fraudulentos por vía de mensajes de texto o correos electrónicos, sin embargo, en 2023 empezó a darse en España una nueva modalidad de estafa telefónica aparentemente más difícil de combatir.

El modus operandi
En este caso, los delincuentes suplantan el número de teléfono de una sucursal de la entidad financiera para hacer creer al cliente de un banco que la llamada es oficial, lo que se conoce como «vishing».

En esa llamada fraudulenta se traslada a la víctima que se están retirando fondos de su cuenta y para evitarlo se pide la colaboración del cliente, que acaba dando sus datos, contraseñas incluidas, creyendo que habla con su entidad, cuando en realidad se los está aportando a un delincuente que aprovecha para robarle el dinero.

Los bancos defienden que no son responsables de esta situación y responsabilizan al cliente por aportar los datos y también a las operadoras de telefonía por no ser capaces de evitar que los estafadores suplanten un número de teléfono oficial de una entidad financiera.

Sin embargo, a tenor de los datos recopilados por EFE, los jueces han ido dando la razón a los afectados y condenando a los bancos, que empezaron hace más de un año a trabajar con el Gobierno y las operadoras de telecomunicaciones en un plan para evitar «cuanto antes» que se sigan produciendo este tipo de estafas telefónicas.

La idea era adoptar una solución «técnica y normativa», que permita comprobar la autenticidad de las llamadas o bloquear los intentos de los delincuentes y, finalmente, hace apenas dos semanas se ha firmado una orden ministerial que incluye un paquete de medidas para evitar las estafas de suplantación de identidad por teléfono.

En esa misma orden ministerial, que entrará en vigor en el plazo de 20 días tras su publicación en el BOE, se recoge que los operadores de telecomunicaciones tendrán que bloquear las llamadas internacionales que simulan haber sido originadas en un número español, salvo las de los clientes en itinerancia (roaming).

Esta medida se fija teniendo en cuenta que las llamadas fraudulentas que suplantan una numeración española, por ejemplo el teléfono de un banco, suelen provenir de países extranjeros, como Países Bajos o Reino Unido.